Los trabajadores tendrán que permanecer mínimo un año en la obra social de su actividad antes de cambiar

NACIONALES 07/07/2021
Los trabajadores tendrán que permanecer mínimo un año en la obra social de su actividad antes de cambiar
Los trabajadores tendrán que permanecer mínimo un año en la obra social de su actividad antes de cambiar

El Gobierno Nacional anunció el día del hoy las modificaciones en el sistema de libre elección de las obras sociales de los trabajadores. 

Entre estos cambios se dispone que deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio.

De esta forma, este miércoles fue publicado el artículo 4° del Decreto 438/2021 en el Boletín Oficial, sustituye al Decreto N° 1400/01 que permitía que la opción se ejerza desde el momento mismo del inicio de la relación laboral.

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Las modificaciones al sistema fueron publicadas en la norma firmada por el presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y de la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

Allí se indica también que “la opción de cambio podrá ejercerse solo una vez al año y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud”.

En tanto, ese derecho “deberá ejercerse de manera individual y personal por el interesado a través de las modalidades dispuestas” por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Asimismo, “el derecho de opción deberá hacerlo con todos los beneficiarios comprendidos o todas las beneficiarias comprendidas en el artículo 9º de la Ley Nº 23.660 y en las condiciones en él establecidas”.

Por otra parte, las obras sociales deberán “garantizar el acceso a la información detallada, completa y adecuada a los beneficiarios y a las beneficiarias respecto de la cobertura prestacional brindada”.

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