Cómo votar en las elecciones PASO 2019

Política 07/08/2019
El domingo 11 de agosto van a tener lugar en todo el país las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) para elegir quiénes serán los candidatos a presidente y vicepresidente y los diputados nacionales. Aún quedan dudas de cuántos tipos de votos existen y qué significa realmente que un voto es impugnado. El voto posee ciertas características: es Universal porque lo tienen asignado todos los argentinos mayores de 16 años, sin importar su sexo, su condición social o sus creencias religiosas. También es Igual porque se le asigna el mismo valor al voto de cada ciudadano habilitado para participar de la elección. Es Secreto porque no se puede influir en el voto ajeno ni emitir opinión durante la veda electoral. Y Obligatorio porque es un deber además de un derecho. Una de las primeras disposiciones que figuran en el CEN es que están obligados a emitir su voto aquellos "electores argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley." Mientras que están inhabilitados para votar "los dementes declarados tales en juicio, los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena; los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, los sancionados por la infracción de deserción calificada y los declarados rebeldes en causa penal". Si el votante no tiene estas características, el siguiente paso es consultar en el padrón electoral para saber dónde se debe emitir el voto. Este padrón contiene el registro o lista de todas las personas habilitadas para votar. Tiene los siguientes datos de los votantes: nombre y apellido, sexo, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, profesión, tipo y número de documento. Este trámite se realiza de modo On Line y brinda información exacta acerca de la dirección de la escuela y el número de mesa correspondiente. Una vez en el lugar, chequear el número de mesa en las planillas que se ubican generalmente en la entrada de cada establecimiento. Dirigirse hasta la mesa para ser anotado por los fiscales y el presidente de mesa, que son representantes de una lista o agrupación y velan por el buen desarrollo de la elección. Luego que los fiscales concluyan el control y la verificación de los datos, le darán al votante un sobre para que se dirija al cuarto oscuro y lo llene con la boleta de su candidato. El voto será emitido en la urna ubicada fuera del cuarto oscuro, junto a los fiscales y el presidente de mesa, quiénes le darán al ciudadano una constancia por el deber cumplido. Nuestros votos son válidos cuando en el sobre introducimos:
  • Boletas oficiales.
  • Dos o más boletas oficiales del mismo partido y categoría de candidatos (en este caso, se cuenta una sola y se destruye el resto).
  • Boletas oficiales tachadas con agregados o sustituciones de candidatos pero NO en su encabezado (la parte donde figuran el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir).
Esa última parte de las boletas tiene que estar intacta porque según la CNE marca la voluntad del elector. Además, también es válido cortar boleta e incluir en el sobre boletas oficiales de distintos partidos para distintos cargos. Los votos nulos, en cambio, son los que adentro del sobre incluyen:
  • Boletas no oficiales.
  • Papeles de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier tipo.
  • Boletas oficiales tachadas o rotas en su encabezado.
  • Dos o más boletas oficiales de la misma categoría de candidatos pero de diferentes partidos.
  • Boletas con inscripciones de cualquier tipo que no sean las incluidas en los votos válidos (o sea, tachaduras de candidatos con agregados o sustituciones).
  • Cualquier objeto que no sea una boleta (como una estampita).
Para votar en blanco podemos meter un sobre vacío en la urna o incluir dentro del sobre un papel blanco o de cualquier color pero que no tenga inscripciones ni imágenes. ¿Podemos impugnar nuestro voto? Los votos los impugnan las autoridades de mesa por voluntad propia o a pedido de un fiscal. Cuando esto pasa nos pueden hacer preguntas sobre los datos de nuestro DNI porque es dudoso, parece trucho o aparece como "desaparición forzada". Esto no incluye a quienes no aparecen en el padrón, ya que quien no figura ahí no puede votar. Sin embargo, todo el que aparezca en el padrón y muestre su documento tiene derecho a votar. Por eso es que las autoridades de mesa que decidan impugnar la identidad de un votante van a entregarle un sobre distinto al que usa el común de los votantes. Además pueden tomar las huellas y los datos de esa persona y deben dejar constancia por escrito de todo el hecho. Para evitar una potencial detención el votante que atraviese el proceso en cuestión tiene que pagar una fianza de $ 150 o conseguir que un vecino -así lo aclara el Código Electoral Nacional- se comprometa personalmente a que ese votante se presente frente a la Justicia si esta así lo requiere.